lunes, 3 de marzo de 2008

LADRONES DE RENOVE DEBEN CUMPLIR PENAS...PERO MUY BENIGNA

Condenados Renove deben cumplir penas


POR SILVIO CABRERA
Los imputados en el alegado fraude cometido contra el Estado a través del Plan Renove quedaron hoy a expensas del juez de ejecución de la pena, luego que esta mañana la Suprema Corte de Justicia (SCJ) confirmara que declaró inadmisibles los recursos de casación incoados contra la sentencia que los condena a diferentes penas.

La decisión de declaratoria de inadmisibilidad fue hecha por el Pleno de la SCJ, con la participación de la totalidad de los 16 jueces de ese alto tribunal.

Con la decisión de la SCJ quedó confirmada la sentencia que condena a tres años de prisión domiciliario al dirigente perredeísta Pedro Franco Badía; a Fabio Ruiz, cuatro años de cárcel, a Milciades Amaro Gumán, tres años; a Antonio Marte, tres años; a Gervasio de la Rosa, dos años; a Blas Peralta, seis meses; a Francisco Antonio Pérez, seis meses; a Paulino Antonio Reynoso (Padre Toño), dos meses; a Fredy William Méndez, seis meses; y a Alfredo Pulinario Linares, seis meses.

La sentencia del Pleno de la SCJ indica que los recursos de casación fueron declarados inadmisibles “por no estar comprendidos dentro de las casuales establecidas en el artículo 426 del Código Procesal Penal”.

Las casuales del artículo 426 indican que el recurso de casación procede exclusivamente por la inobservancia o errónea aplicación de disposiciones de orden legal, constitucional o contenidas en los pactos internacionales en materia de derechos humanos en los casos siguientes:

Primero, cuando en la sentencia de condena se impone una pena privativa de libertad mayor de diez años; segundo, cuando la sentencia de la Corte de Apelación sea contradictoria con un fallo anterior de ese mismo tribunal o de la Suprema Corte de Justicia; tercero, cuando la sentencia sea manifiestamente infundada y cuarto, cuando están presentes los motivos del recurso de revisión.

Según la decisión del Pleno de la SCJ, los recursos de casación de los imputados no están comprendidos dentro de las casuales citadas, razón por lo que procedió a declararlos inadmisibles.

A los imputados solo les queda la oportunidad de presentar un recurso de revisión por ante la Suprema Corte de Justicia, lo que, al entender de los expertos en la materia, no impide la ejecución de la sentencia.

A punto de ser apresados

El subdirector de la Dirección Nacional de Persecución de la Corrupción Administrativa, Hotoniel Bonilla, dijo que todavía la decisión no le ha sido comunicada, pero que de ser así, los imputados quedaron a expensas del juez de ejecución de la pena.

Según Bonilla, una vez notificado de la decisión, el juez de ejecución de la pena debe proceder en consecuencia, aunque aclaró que es al Ministerio Público a quien le corresponde ejecutar la decisión.

La decisión de la Suprema Corte de Justicia se produjo el pasado viernes, pero no fue hasta hoy cuando se dio a conocer oficialmente.

No hay comentarios: